Nuevo régimen de exportaciones para micro y pequeñas empresas
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 19.765, a través de la que se crea un régimen especial de exportaciones de micro y pequeñas empresas.
Al respecto cabe destacar:
– A través de este régimen se permite la exportación definitiva, exenta del pago de todo tributo, de mercadería cuyo “valor de factura de exportación” no exceda los USD 2.000.
– Las operaciones mencionadas deben ser llevadas a cabo por empresas exportadoras que califiquen como micro o pequeñas empresas.
La definición formal de PYME dentro de nuestro país fue establecida en los Decretos Nº 54/92 del 7 de febrero de 1992 y Nº266/95 del 19 de julio de 1995 y puede resumirse en la siguiente manera.
Criterios de Clasificación para el Uruguay
Tipo de Empresa | Empleados | Ventas Netas anuales hasta | Activos Máximos hasta |
Micro | 1 a 4 personas | U$S 60.000 | U$S 20.000 |
Pequeña | 5 a 19 personas | U$S 180.000 | U$S 50.000 |
Mediana | 20 a 99 personas | U$S 5.000.000 | U$S 350.000 |
– La Dirección Nacional de Aduanas reglamentará un procedimiento de despacho aduanero simplificado para este régimen.
– La responsabilidad del Despachante de Aduanas en este tipo de operaciones, se limitará únicamente a cuestiones de clasificación arancelaria de la mercadería.